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Devolución total o
parcial de un crédito antes de la fecha pactada. Habitualmente se
encuentra sometida a comisión, que varía según el tipo de
interés del préstamo.
Devolución total o
parcial de un préstamo, según lo pactado con la entidad
financiera. La amortización puede ser mensual, semestral o anual.
Cantidad de dinero que
entrega la parte compradora al vendedor como garantía de que
comprará la vivienda en un plazo determinado. Si la operación
llega a buen término, las arras son consideradas como pago la
cuenta.
Persona que interviene
como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de
pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus
intereses.
Extinción de la
hipoteca por liquidación de la deuda pendiente.
Importe nominal del
préstamo hipotecario. Total de la deuda pendiente, sin incluir los
intereses.
Limitaciones al dominio
de una finca. Constan en documento público y se inscriben en el
Registro de Propiedad. Son algunos ejemplos: las hipotecas,
usufructos, condiciones resolutorias, etc. No todas suponen derechos
económicos y son cancelables con la extinción del derecho que
representan.
Documento que debe
recoger si la finca elegida es la idónea para el uso que se
pretende dar a la vivienda. Debe elaborarse antes de la ocupación
de una vivienda de nueva construcción. Es imprescindible para la
obtención de una hipoteca.
Documento expedido por
el Registro de la Propiedad en el que se expone la situación de
cargas de una finca.
Central de Información
de Riesgos del Banco de España, lugar donde recurren las entidades
financieras, bajo autorización del cliente, para consultar los
niveles de riesgo y morosidad de los interesados en contratar un
préstamo hipotecario.
Importe que se paga al
formalizar un préstamo, en contraprestación a los gastos
administrativos, informáticos y de gestión que conlleva su
apertura. Se paga por una sola vez y suele ser un porcentaje sobre
el capital prestado.
Pago que se devenga al
amortizar anticipadamente una deuda, para préstamos hipotecarios
normalmente es un 1%, para créditos personales está en torno al
3%, según se pacte con la entidad financiera.
Porcentaje que se
aplica sobre el capital pendiente en caso de que el prestatario
cambie de entidad acreedora para mejorar las condiciones en otro
banco.
Conjunto de cotitulares
de un inmueble dividido en propiedad horizontal.
Son los que se derivan
de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
Importe a pagar, en el
cual se engloba capital más intereses.
División de un
inmueble en varias fincas registrales independientes, a las que se
le asigna un coeficiente de copropiedad o participación del total
del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Documento expedido por
un notario en el que figuran las condiciones establecidas entre las
partes. Para que tenga validez jurídica ha de inscribirse en el
Registro de la Propiedad.
Es el contrato
definitivo de compra-venta que se firma ante Notario y atribuye la
propiedad al comprador, que resulta propietario de lo comprado.
de
referencia oficial. Se define como la media simple de los tipos de
interés diarios, aplicados para las operaciones cruzadas al plazo
de un año en el mercado de depósitos interbancarios de la zona de
la Unión Monetaria, entre las 64 entidades financieras con mayor
nivel de negocio.
Propiedad rústica o
urbana, que puede inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Es el importe que se
entrega a cuenta para reservar el derecho de compra de un inmueble.
Patrimonio del deudor
que comprende todos sus bienes presentes y futuros. Sirve de
garantía para el cumplimiento de cualquier obligación. Existe la
posibilidad de que responda con sus bienes una tercera persona que
no sea el deudor.
Son los producidos por
la tramitación y gestión en Notaria, Registro de la Propiedad y
Administración de Hacienda. Son efectuados por profesionales de la
entidad que concede la hipoteca.
Comprenden los
honorarios y gastos del notario.
Son los gastos que se
derivan de los trámites de la escritura, de la liquidación de
impuestos y de las gestiones que se llevan a cabo en el Registro de
la Propiedad.
Derecho real que se
constituye en garantía del cumplimiento de unas obligaciones
contraídas con un tercero préstamos, letras. Junto al pago del
principal, garantiza el cobro de los intereses ordinarios,
moratorios, costas y gastos derivados de la eventual reclamación
judicial en caso de incumplimiento en el pago.
Tasa municipal que
grava la propiedad de una finca. Se cobra anualmente y en función
al valor catastral asignado a la finca.
Este impuesto grava las
escrituras de constitución de los préstamos hipotecarios y de la
cancelación de los mismos. Debe pagarse por el hecho de formalizar
la escritura pública. Actualmente, el tipo de gravamen aplicable es
el 0.5% del valor de la garantía hipotecaria y lo paga el comprador
a Hacienda en el momento de la adquisición.
Para viviendas de
segunda mano. Grava las transmisiones de patrimonio que implican un
intercambio de bienes. El tipo aplicable es el 6%.
Interés adicional que
se cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo. Se calcula en
función de los días de retraso en el pago, son pactados a priori
por la entidad financiera y el cliente.
Lo componen los valores
del mercado hipotecario o financiero empleados para revisar los
tipos de interés de los préstamos a tipo variable. El Banco de
España se encarga de establecer los s de referencia oficiales.
Existen diversos s: la CECA, el de la deuda pública, el MIBOR, el
IRPH de los Bancos, el IRPH de las Cajas y el IRPH del conjunto de
entidades financieras.
El tipo de interés
nominal permanece invariable a lo largo de la vida del préstamo con
independencia de las variaciones del mercado hipotecario. Permite
asegurar que aunque varíen los tipos de interés, no cambiarán las
condiciones de su préstamo, y pagará siempre lo mismo.
Se fija en relación
con un de referencia,
que evoluciona al alza o a la baja según las oscilaciones del
mercado, al que se suma un margen o diferencial, estableciéndose
una revisión periódica de actualización del . En esta modalidad,
el tipo de interés se revisa semestralmente, de modo que la cuota
mensual se ajusta a las tendencias del mercado. En este caso, el
plazo de su préstamo se mantendrá siempre fijo, variando
periódicamente las cuotas mensuales.
En el caso de viviendas
de primera mano. Grava la venta cuando el que vende es un
empresario. Es el 7% del valor de la vivienda.
Se trata de un permiso
que conceden los Ayuntamientos para poder iniciar obras o
modificaciones en la arquitectura de un inmueble.
El notario da fe
pública de la escritura, es decir, certifica la operación y podrá
ser elegido libremente por el solicitante de entre los que operen en
la plaza
Profesional con
capacidad legal para dar fe pública de los actos en los que
interviene.
Cambio en el plazo o en
el tipo de interés pactado, o ambos.
Es la frecuencia con la
que pagará las cuotas del préstamo; por lo que le recomendamos que
coincida con la periodicidad de sus ingresos.
Es la frecuencia en la
que se modifica el tipo de interés cuando se trata de una hipoteca
a tipo variable. Normalmente son semestrales o anuales.
Es el periodo
establecido en el préstamo para su total devolución. Debe tener en
cuenta que el plazo más adecuado para usted debe ser aquel que le
permita pagar las cuotas cómodamente. Por tanto, la elección del
plazo de amortización deberá hacerla siempre en función de su
capacidad de reembolso.
Es una operación
financiera por la cual se permite acceder a la vivienda que usted
desea pudiendo obtener unos importes de financiación superiores, a
unos tipos de interés bastante más reducidos que los concedidos en
otro tipo de préstamos en los que el inmueble no queda hipotecado
como garantía del pago de la operación tal y como ocurre en este
tipo de préstamos. Se formaliza en documento público y sus
derechos se constituyen con la inscripción en el Registro de la
Propiedad.
Persona titular de un
préstamo, que asume todas las obligaciones y adquiere todos los
derechos del contrato que firma con la entidad financiera
prestamista.
Son los gastos
generados al inscribirse la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
Estos gastos serán por cuenta del prestatario. La base imponible es
la "responsabilidad hipotecaria" y también se aplica una
tarifa porcentual establecida legalmente sobre esta base. A esto se
añaden los aranceles registrales devengados por el asiento de
presentación y las notas marginales.
Oficina pública que
tiene por función llevar los libros oficiales en los que consten
todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación
correspondiente a dicho Registro. Estas circunstancias son las
relativas a la propiedad: cargas, transmisiones, notas marginales,
etc.
Es la suma de todos los
conceptos que son garantizados mediante la hipoteca
(el capital prestado, los intereses normales y los intereses
de demora, costas judiciales, gastos, etc..) Sobre esta cantidad es
sobre la que se calculan los gastos de formalización y cancelación
de una hipoteca.
No es obligatoria su
contratación pero es conveniente contratarlo siempre que se
formalice un préstamo hipotecario. Este producto está
especialmente diseñado para los titulares de préstamos
hipotecarios, y garantiza la amortización del préstamo en caso de
muerte o invalidez del titular o los titulares.
Según la legislación
actual, es obligatoria la contratación de un Seguro contra
Incendios sobre la vivienda objeto del préstamo. Por ello, en el
momento de obtener su crédito hipotecario, se le facilita su Seguro
de Incendios a la medida. Así se encontrará cubierto en los
supuestos de: incendio, rayo, explosión, desescombro, medidas
adoptadas por la autoridad, riesgos extraordinarios y
catastróficos, etc.
Es el coste efectivo
anual del préstamo. Tiene en cuenta no sólo el tipo de interés
inicial sino también sus posibles revisiones, el plazo de
amortización y las comisiones ligadas a la operación. En
definitiva, es el tipo de interés real que usted pagará en su
préstamo.
Valor certificado del
inmueble. La lleva a cabo una empresa independientemente
especializada, según obliga la Ley Hipotecaria.
Porcentaje que se
aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los
intereses que deben abonarse.
El tipo de interés
nominal es la expresión porcentual de la rentabilidad de un
instrumento financiero con relación a su precio. Descontando el
efecto de la tasa de inflación esperada durante la vida del mismo,
se obtiene el tipo de interés real.
Comprobación de la
situación de la finca en el Registro de la Propiedad. Se puede
hacer a través del examen directo de los libros, de nota simple
informativa, de una certificación del Registrador.
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